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¿Blindar la incautación?

Publicado el 17/Jul/08

La Asamblea, en un acto alejado de la más elemental norma legal, pretende, y en efecto lo ha hecho, blindar la incautación de bienes de los señores Isaías ordenada por la AGD en salvaguarda, se dice, de los legítimos intereses de los depositantes de Filanbanco. Pero, ¿eso es posible? Blindar una decisión judicial de última instancia es solo posible cuando el asunto litigiosos ha pasado en autoridad de cosa juzgada por sentencia ejecutoriada de última instancia, algo que los asambleístas parecen no saber. Blindar una acción administrativa como la dispuesta por la AGD es atentar contra todo principio de legalidad y del debido proceso ya que puede haber resultado de esa incautación o confiscación de empresas y personas perjudicadas en sus legítimos derechos, ya que por norma siempre será apelable cualquier resolución administrativa y esta lo es. La actual ministra de Economía, nombrada por obra y gracia de una decisión incomprensible, ha dicho que esa decisión esta sujeta a que se pruebe la verdadera propiedad de los bienes, asunto que debió hacerse antes de ordenar la acción administrativa. Lo que estamos haciendo es birlar el derecho y la justicia de terceros perjudicados y eso solo es posible en gobiernos totalitarios o en dictaduras declaradas.

Héctor San Martín Jordán

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